‘Habeas corpus’ por caso Sobornos 2012-2016 no libera a Jorge Glas que sigue preso por casos Singue y Odebrecht

‘Habeas corpus’ por caso Sobornos 2012-2016 no libera a Jorge Glas que sigue preso por casos Singue y Odebrecht
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Aunque el lunes un Tribunal de la Corte Nacional de Justicia aceptó el habeas corpus solicitado por Harrison Salcedo en nombre del exvicepresidente Jorge Glas, por la caducidad de la prisión preventiva que pesaba sobre su cliente por el delito de cohecho en el caso Sobornos 2012-2016, aún no saldrá en libertad.

Las razones: sobre Glas pesan una orden de prisión preventiva por peculado dentro del caso Singue, la cual caduca el próximo 13 de marzo, y una sentencia de seis años de reclusión menor debido a que fue encontrado como autor del delito de asociación ilícita relacionada con la trama de corrupción de Odebrecht en Ecuador.

En el caso por asociación ilícita la sentencia en primera instancia fue emitida el 13 de diciembre de 2017 y se la ratificó en todas sus partes en la casación del 16 de octubre pasado.

Glas ingresó en la Cárcel 4, en Quito, el 2 de octubre de 2017 y a marzo de 2020 mantiene 28 meses y días de detención (20,16 % de la pena) y se encuentra en el Centro de Rehabilitación Social de Cotopaxi, en Latacunga.

Pese al panorama judicial de Glas, Salcedo sostiene que con la decisión “se sienta un precedente y esto será un ejemplo para no repetición con los ecuatorianos, no importa quién sea la persona procesada”.

Según él, el recurso de habeas corpus se planteó porque la Constitución establece que ninguna persona puede estar detenida sin fórmula de juicio o sin la respuesta de un juicio más allá del plazo razonable.

El artículo 541 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) habla de que la caducidad de la prisión preventiva no podrá exceder de seis meses en los delitos sancionados con una pena de hasta cinco años. Salcedo cree que el problema se les presentó a los jueces cuando Fiscalía solo acusó por cohecho y no, en concurso real de infracciones, por asociación ilícita y tráfico de influencia.

Al ser consultado sobre si una vez que se echen abajo las órdenes de prisión preventiva contra su cliente él buscará que se aplique alguno de los regímenes de rehabilitación social (abierto o semiabierto), el abogado de Glas explicó que “hoy es día de celebrar y no preocuparse por lo que se viene”.

Aun así, Salcedo está seguro de que el instante en que acaben las órdenes de prisión preventiva contra Glas se inaugurarán otras causas y con ellas más órdenes de prisión.

Según el COIP, un interno puede acceder al régimen semiabierto una vez que haya cumplido por lo menos el 60 % de la pena impuesta, mientras que para acceder al régimen abierto, el sentenciado debe haber cumplido por lo menos el 80 % de la pena.

La defensa de Glas dijo que lo que correspondía por haber dejado caducar la prisión preventiva era iniciar un proceso disciplinario de sanción y destitución contra los jueces Iván León, Marco Rodríguez e Iván Saquicela, pero el Tribunal no les dio paso, señalando que han existido condicionamientos para la demora, como que el expediente es muy grande, existen 21 sujetos procesales y que los diferimientos que se dieron fueron justificados.

Diligencia suspendida
La inasistencia, por un tema de salud, de la defensa de Marco R., procesado por un peculado en la Secretaría Nacional del Agua (Senagua), hizo que el lunes se suspendiera la audiencia de juicio contra él y cinco personas más acusadas de peculado. El exsecretario del Agua Walter Solís es otro de los acusados. La diligencia quedó para el martes. (I)

Fuente: El Universo

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