¿Cuándo pueda? o ¿quiera?
León Roldós Aguilera (columnista)
Ante una acción de protección, que ha formalizado la Municipalidad de Guayaquil, reclamando que no le han acreditado los valores que se le han retenido por IVA, – desde junio del 2017 hasta septiembre del 2019, sobre los cuales el Servicio de Rentas Internas ha emitido 29 resoluciones, para que le devuelvan a la Municipalidad USD 104.5 millones- el delegado del Ministerio de Economía y Finanzas ha señalado que no se le ha irrespetado a esa Municipalidad derecho constitucional alguno.
Se ha hecho circular un boletín de fecha 20 de enero del 2020, que recoge la intervención del delegado de ese Ministerio en la audiencia a la que concurrió personalmente la Alcaldesa de Guayaquil, en que se califica de improcedente la acción de protección, señalando el delegado que en la no acreditación de los valores no hay violación a la seguridad jurídica – condición que consiste en que se respeten las leyes, en el fondo y la forma- o a la propiedad -o sea la privación de lo que sea suyo-, infracciones invocadas por el Gobierno Municipal de Guayaquil.
En el boletín está escrito que el Art. 73 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario establece que el plazo, condiciones y formas para la devolución del IVA es de exclusiva competencia del Ministerio de Economía y Finanzas, respecto a terceros. Aquello no es aplicable para los Gobiernos Autónomos Descentralizados, ni a las Universidades y Escuelas Politécnicas Públicas, entidades a las que es aplicable el artículo innumerado siguiente que puntualiza “Los valores equivalentes al IVA pagado por los Gobiernos Autónomos Descentralizados y las universidades y escuelas politécnicas públicas serán asignados vía transferencia presupuestaria de capital, con cargo al Presupuesto General del Estado y el Ministerio de Finanzas los acreditará en la cuenta correspondiente(..)Los valores a devolverse no serán parte de los ingresos permanentes del Estado Central (…) Las asignaciones previstas en este artículo serán efectuadas a través de mecanismos ágiles en atención al principio de simplicidad administrativa y eficiencia”.
Menciona el boletín que con la Asociación de Municipalidades del Ecuador (AME), en noviembre del 2019, llegaron a un convenio para la devolución del IVA: a los municipios pequeños, en efectivo; a los medianos, una parte en efectivo y otra con la presentación de proyectos de inversión al Banco de Desarrollo del Ecuador; y, para los grandes – Quito, Guayaquil, Cuenca, Durán, Portoviejo, Ambato y Santo Domingo- deberá llegarse a negociaciones directas. Verdad que hay que considerar los problemas de liquidez en el Gobierno Central y llegar a acuerdos, pero la terminología de satanización de municipios de mayor población es inaceptable. ¿Eso se entenderá “seguridad jurídica”?
Tomado de diario El Comercio Ec.