Solicitan ante el Consejo Electoral de Ecuador el inicio del proceso para revocar el mandato a Guillermo Lasso

Solicitan ante el Consejo Electoral de Ecuador el inicio del proceso para revocar el mandato a Guillermo Lasso

Guillermo Lasso en una reunión en el Palacio de Carondelet, en Quito, 10 de noviembre de 2021 Cristina Vega Rhor / AFP

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Los peticionarios presentaron ante el órgano electoral 79 incumplimientos al Plan de Gobierno que fue presentado por el mandatario durante el proceso electoral en 2021.

La Coordinadora Popular por la Revocatoria, un colectivo de grupos sociales y civiles de Ecuador, presentó este miércoles ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) la solicitud para iniciar el proceso para revocar el mandato al presidente del país suramericano, Guillermo Lasso, y al vicepresidente, Alfredo Borrero, que el martes cumplieron un año en el poder.

El abogado Pedro Granja, quien se encargó de hacer la solicitud ante el órgano electoral, dijo que buscan la destitución de «un presidente que sigue en campaña, que sigue ofreciendo crear, regalar, dar».

Granja detalló que el motivo de la petición es debido al presunto incumplimiento por parte del mandatario y el vicepresidente de su Plan de Gobierno, presentado para ser electos en los comicios de 2021.

El abogado detalló que presentaron en el CNE pruebas de 79 incumplimientos a ese Plan de Gobierno.

Los pasos para el revocatorio

De acuerdo con el artículo 105 de la Constitución de Ecuador, las personas en goce de los derechos políticos podrán revocar el mandato a las autoridades de elección popular.

«La solicitud de revocatoria del mandato podrá presentarse una vez cumplido el primero y antes del último año del periodo para el que fue electa la autoridad cuestionada», dice la carta magna.

En caso de ser aceptado el primer paso dado este miércoles por la Coordinadora Popular por la Revocatoria, el CNE debe notificar a la autoridad cuestionada, quien tendrá siete días para impugnar la medida. Entonces el órgano electoral tendrá otros siete días para decidir sobre si admite el trámite.

Si la solicitud procede, se entregan los formularios para la recolección de firmas a los peticionarios. A partir de entonces, tienen un plazo de 180 días para conseguir las rúbricas.

Para el caso del presidente se requiere el respaldo de un número no inferior al 15 % de inscritos en el registro electoral. En 2021, se alcanzaron los 13.099.150 votantes registrados; con base en ese número, un proceso de estas características requeriría la recolección de 1.964.873 firmas válidas.

Una vez entregadas las firmas, el CNE tiene 15 días para verificar su autenticidad. Si se completan todos los requisitos, la autoridad electoral deberá convocar a votaciones en un plazo máximo de 60 días.

En caso de que la revocatoria triunfe en las urnas, su cumplimiento es obligatorio e inmediato.

Fuente: RT

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Rafaela Mera

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