Corte Constitucional sentencia que el Estado no es titular de derecho al honor

Corte Constitucional sentencia que el Estado no es titular de derecho al honor
Digiqole ad

El Estado ecuatoriano “no es titular de los derechos al honor, a la información veraz y a la rectificación”, cita un dictamen de la Corte Constitucional (CC).

Esta sentencia se da luego de que hace seis años Alejandro Pico, funcionario de la Secretaría de la Administración Pública en el gobierno de Rafael Correa, planteó una acción de protección en contra del diario La Hora por una publicación sobre la inversión en publicidad en el 2012.

El medio publicó una réplica a la noticia, pero el régimen quería la “rectificación” y en el espacio que ocupaba el texto escrito por ellos, por lo que Pico interpuso el recurso en el que argumentó “que el medio causó un grave perjuicio a la Administración Pública, a la Función Ejecutiva y al Gobierno Nacional, colocando en estado de indefensión frente al poder de este medio”.

Los jueces en primera instancia determinaron que La Hora vulneró los derechos a la información veraz y a la rectificación en perjuicio del Estado. Y le ordenó que publique una disculpa pública, se indicaban la diagramación, los caracteres y el espacio.

El medio apeló, pero los jueces de segunda instancia ratificaron lo dispuesto en la primera instancia y declararon, además, al Estado “titular del derecho a la honra”.

El pasado 4 de septiembre, los nueve jueces constitucionales revocaron las sentencias judiciales y se las declaró como “restrictivas al derecho a la libertad de expresión”, y se rechazó la acción de protección de Pico por ‘improcedente’.

Se le ordenó al Consejo de la Judicatura que difunda la sentencia entre los jueces que conocen casos de garantías jurisdiccionales en los próximos 20 días. Y se dispone que en el primer trimestre del año 2020, en la Escuela de la Función Judicial se capacite de forma presencial o virtual sobre este tipo de recursos.

La jueza a cargo del proyecto de sentencia, Daniela Salazar, determinó que el Estado no es “titular de derechos, entre ellos, la honra y el derecho que tiene a replicar información que puede afectar su buen nombre”. Al contrario, “es el llamado a respetar y proteger derechos”.

Concluyó que los jueces de la justicia ordinaria que actuaron, “restringieron el derecho a la libertad de expresión”.

Este tipo de acciones se aplicaron a Diario EL UNIVERSO en el 2015, cuando fue sancionado por la extinta Superintendencia de Comunicación (Supercom) por pedido de la Secretaría de Comunicación (Secom) del régimen anterior, por negarse a publicar una réplica diseñada sobre el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) que decía: “El IESS ha progresado y mejorará aún más en los próximos años”.

Ese mismo año, diario El Comercio fue sancionado por la Supercom a publicar una rectificación de la Secom sobre la hidroeléctrica Coca Codo Sinclair que incluía una disculpa al exministro de Electricidad, y ahora legislador de AP, Esteban Albornoz.

Fuente: El Universo

Digiqole ad

Artículos relacionados

Leave a Reply