Sin votos mínimos, el candidato deberá devolver plata al Estado
El Estado busca recuperar parte de la inversión que destina, en época de campaña, a la difusión de candidaturas.
Entre las recientes reformas al Código de la Democracia hay una que alcanza al Fondo de Promoción Electoral, que es el dinero que el Estado asigna a las agrupaciones políticas para que contraten publicidad en los medios de comunicación.
A once meses de los comicios del 2021 hay criterios divididos sobre el cambio, que regirá desde ese proceso.
La reforma dispone que si un aspirante no obtiene en una segunda elección al menos 4 % de los votos válidos, deberá devolver al Estado el 50 % de los montos a él asignados.
El expresidenciable por Sociedad Patriótica, Lucio Gutiérrez, dijo estar de acuerdo con la nueva regla porque evitará “la proliferación de candidatos”, entre ellos de quienes buscan “ganar popularidad” o “hacer contratos para obtener recursos”.
La titular del movimiento Fuerza Compromiso Social, afín a la Revolución Ciudadana, Vanessa Freire, expresó opiniones contrapuestas.
Por un lado consideró que el cambio restringirá el derecho a “candidatizarse las veces que uno quiera”, y por otro, que obligará a las organizaciones políticas a seleccionar mejor a sus cuadros.
El director nacional de Unidad Popular, Geovanni Atarihuana, remarcó que la reforma pondrá “cortapisas a la participación”, favoreciendo a los políticos ‘conocidos’ y ‘truncando’ algunas carreras políticas.
“La democracia no se construye con restricciones (…). Fíjese que hay personas que ganaron la elección a la tercera vez, como el presidente Rodrigo Borja”, anotó el dirigente, en alusión a que la reforma dispone la devolución de recursos al Estado luego de una segunda postulación fallida.
Pero el director del movimiento CREO en Guayas, Guido Chiriboga High, sí compartió esto último, pues dijo que la aceptación en una primera candidatura es incierta.
Además subrayó que la restitución del dinero es si el aspirante no logra al menos el 4 % de los votos válidos, “una cantidad razonable”.
El asambleísta Henry Cucalón (PSC-MG) admitió que el cambio legal busca “desincentivar (ciertas candidaturas), porque había una mala lectura de lo que es el financiamiento público”.
“Mucha gente se lanza pensando que el Estado le da plata al candidato, lo cual es un error”, afirmó.
Y aseguró que la reforma evitará las “aventuras electorales” de quienes se postulan por dinero o para “ver qué pasa”.
Remarcó que estas prácticas le cuestan plata al Estado y, por ende, a los ciudadanos.
“Si alguien con su plata quiere financiarse su aventura electoral, allá él, pero el pueblo no tiene por qué gastar”, insistió el legislador.
Antes de unos comicios, el Consejo Nacional Electoral (CNE) define el Fondo de Promoción Electoral que destinará para el proceso.
Por ejemplo, el del 2019, cuando se votó por autoridades seccionales, fue de $36 313 880. Es decir, el Estado asignó esa partida para la difusión de candidaturas en radio, prensa escrita, televisión y vallas publicitarias, en el marco de la campaña electoral.
El Reglamento de Promoción Electoral especifica el porcentaje a financiar por cada dignidad. También la forma de pago: el Estado, a través del CNE, le cancela al medio de comunicación escogido por el aspirante o agrupación política.
El presidente nacional de la Asociación Ecuatoriana de Radiodifusión (AER), Kléber Chica, anotó que el reintegro dispuesto en la reforma al Código de la Democracia deberá hacerlo el candidato, no el medio contratado.
“El medio no está obligado para nada a devolver ningún fondo porque el medio ya hizo su trabajo”, dijo Chica.
La reforma al Art. 223 dice:
«Las organizaciones políticas o candidato que hayan recibido financiamiento del Estado a través del Fondo de Promoción Electoral deberán reintegrar el 50 % de los valores y montos entregados por el Estado luego de la segunda elección cuando el mismo candidato no obtenga al menos un 4 % de los votos válidos en la respectiva dignidad, binomio o lista, según corresponda.» (I)
Fuente: EL Universo