La Fiscalía pidió la pena máxima para los procesados en el caso Sobornos 2012-2016
Por “dominio de organización, en su calidad de funcionario público por tener y haber ejercido el poder absoluto y dominio sobre la estructura criminal”, así como por haber sido “beneficiario directo de los sobornos”, la fiscal general, Diana Salazar, solicitó ayer al Tribunal de Juicio del caso Sobornos 2012-2016 que al expresidente Rafael Correa –a quien acusó como autor mediato del delito de cohecho– se le aplique la máxima pena aumentada en un tercio por la agravante de haber actuado en “pandilla”.
Esa misma pena, pero en calidad de autores directos, se pidió para el exvicepresidente Jorge Glas; para el exsecretario jurídico, Alexis Mera; los exministros María Duarte, Walter Solís, Vinicio Alvarado; las exasesoras Pamela Martínez y Laura Terán; el exlegislador Christian Viteri, y la asambleísta Viviana Bonilla.
De ellos, Salazar dijo que de forma directa e inmediata gestionaron la recepción de sobornos y beneficiaron a los empresarios a través del otorgamiento de contratos, y a ellos mismos.
De los once exfuncionarios procesados, solo Yamil Massuh, exasesor de Duarte, no fue incluido en la acusación. Fiscalía definió que él solo cumplía órdenes para trasladar dinero.
Con base en la cláusula de equivalencia, Salazar solicitó que a los “cohechadores” se les aplique la misma pena que a los funcionarios que recibieron los sobornos y así tengan el mismo tratamiento de participación.
Termino con un aforismo de Lord (John) Acton: «El poder tiende a corromper, y el poder absoluto corrompe absolutamente. Eso es lo que hemos verificado en este caso”. Diana Salazar, fiscal general
Por ello, los diez empresarios quienes habrían entregado el dinero fueron también acusados como autores directos.
“Los empresarios se encuentran en el mismo nivel en esta estructura”, dijo Salazar, antes de nombrar a Víctor Fontana, Rafael Córdova, Bolívar Sánchez, Édgar Salas, Ramiro Galarza, Alberto Hidalgo, Teodoro Calle, Pedro Verduga, Mateo Choi y William Phillips como acusados contra quienes pedía la pena máxima y la agravante existente.
El artículo 286 del Código Penal anterior señala penas para cohecho de tres a seis años de prisión; mientras que el cohecho recogido en el artículo 280 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) habla de penas que van de uno a siete.
En la acusación, Fiscalía tomó en cuenta ambas codificaciones; el Tribunal de Juicio tomará la decisión final.
Presentación de los alegatos de cierre en décimo tercer día de audiencia de juzgamiento del caso Sobornos 2012-2016
Hasta ahí llegaron las penas sin beneficios, pues el acuerdo de cooperación eficaz que mantienen Martínez y Terán con Fiscalía le obligaba a Salazar a pedir que a ellas les impongan una pena reducida en el 90 %. La fiscal explicaba que ese es un beneficio que se brinda a las personas que “dicen la verdad y cooperan con la justicia”.
Bajo ese mismo criterio, por haber suministrado datos, información precisa, comprobable y relevante para el caso, para Verduga se solicitó la aplicación de una atenuante y que se le imponga a él un tercio de la pena que le corresponda a los que no colaboraron.
Pese a que Salazar definió que la cantidad por el pago de sobornos, en efectivo y por medio del cruce de factura, alcanza los $7,5 millones, ella creía que en la reparación integral para el Estado no solo debía incluirse esa cifra, sino la cantidad de los contratos que se entregaron: $1130 420 108,08.
Además se solicitó que se dispongan disculpas públicas al país y la publicación de la sentencia en portales institucionales de los órganos del poder afectados por cohecho. (I)
La Procuraduría participa en nombre del Estado, que ha sido la víctima en el delito de cohecho (…). El monto del daño causado (al Estado) está en torno a los $23 millones”. Íñigo Salvador, procurador general.
Fuente: El Universo