Judicatura suspende al presidente de la Corte Nacional, Iván Saquicela
El Pleno del Consejo de la Judicatura (CJ) suspendió de su cargo, por 90 días, al presidente de la Corte Nacional, Iván Saquicela. Este hecho se confirmó este viernes 20 de mayo del 2022.
“El Pleno del CJ dicta Medida Preventiva de Suspensión por 90 días al titular de la Corte Nacional, Iván Saquicela, por una presunta infracción gravísima”, indicó la Judicatura, a través de su cuenta de Twitter.
Según esa entidad, Saquicela habría incurrido en una supuesta manifiesta negligencia tras una denuncia relacionada con el supuesto retardo en la tramitación de un caso de extradición.
Ante este hecho, el titular de la Corte Nacional se pronunció a través de sus redes sociales. En una publicación escribió: “Denuncié al país la metida de manos en la justicia, ahora si y víctima de persecución, me van a suspender y luego pretende el CJ destituirme para dar paso a la impunidad. Seguiremos firmes, nos asiste la razón en defensa de la institucionalidad”.
Luego añadió lo siguiente: “Atento Ecuador, ahora que me suspenden de mis funciones, muy atentos de lo que podría pasar con el habeas corpus del exvicepresidente Jorge Glas”.
Además, Saquicela denunció que esta medida de suspensión provocaría un retraso en el trámite de la extradición de Rafael Correa, desde Bélgica.
“Me acaban de notificar la suspensión de funciones, para que con ello no prospere el trámite de extradición del ex Presidente Rafael Correa, quieren impunidad, cuando hay verdad y derecho no hay temor”, señaló Saquicela.
Los antecedentes
Esta medida de suspensión se dio dos horas después de que la Judicatura pidiera a la Corte Nacional una declaración jurisdiccional previa contra Saquicela.
Según el CJ, esta decisión se tomó luego de recibir dos denuncias por faltas disciplinarias gravísimas que supuestamente cometió Saquicela.
Esa entidad asegura que el titular de la Corte Nacional cometió una presunta manifiesta negligencia. El Código Orgánico de la Función Judicial sanciona esa infracción con la destitución del cargo. Así lo detalla el artículo 109 de esa normativa.
Fuente: El Comercio Ec