Este jueves el Informe de Amnistías será examinado en audiencia a través de una acción de protección; una serie de ‘amicus curiae’ serán expuestos

Este jueves el Informe de Amnistías será examinado en audiencia a través de una acción de protección; una serie de ‘amicus curiae’ serán expuestos

15 de marzo de 2022. El exlegislador Andrés Páez, quien presentó la acción de protección contra la resolución con la que se aprobaron las amnistías, participó en una marcha para protestar en contra de las amnistías otorgadas por la Asamblea Nacional. API / HAMILTON LÓPEZ Foto: API

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La jueza Lucila Soria, de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Quitumbe, en Quito, analizará la acción de protección de Andrés Páez.

La resolución con la que la Asamblea Nacional otorgó 270 amnistías a supuestos defensores de la naturaleza, comunitarios y judicializados por ejercer el derecho a la resistencia y protesta social será expuesta, este jueves 24 de marzo, a su primera acción constitucional que busca darla de baja. Se notificó a las partes que la diligencia pasaba de las 10:40 a las 14:00 de este mismo jueves.

El exlegislador Andrés Páez es el proponente de la acción de protección contra lo que dice fueron amnistías otorgadas en paquete, sin análisis y de forma indiscriminada. La causa deberá ser resuelta por la jueza constitucional Lucila Soria, quien labora en la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia radicada en Quitumbe, en el sur de Quito, lugar en donde se dará la audiencia.

Páez, quien solicitó el cambio de hora de la diligencia, sostiene que lo que pretende con su planteamiento es que se suspendan todos los efectos jurídicos de las amnistías y que finalmente la Asamblea realmente las otorgue en función y apego a la ley y luego de un análisis individualizado. Para él en este caso se violentó hasta la Constitución, pues en el artículo 120, numeral 13, se determina que el secuestro no es un delito susceptible de ser amnistiado.

“El informe de la Comisión de Garantías Constitucionales está cargado de barbaridades y no habrá juez que pueda hacerse el loco del contenido de este informe que da la base a la votación absurda de la madrugada del 10 de marzo pasado. (…) Si es favorable la respuesta de la jueza, inmediatamente se suspenden los efectos de la amnistía”, explicó.

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Quito.15/03/2022. Andrés Castillo (c) y Patricio Alarcón (i), como parte del colectivo quiteño que rechaza las amnistías, presentaron una demanda de inconstitucionalidad a la resolución con la que la Asamblea viabilizó la entrega de 268 amnistías. Carlos Granja/El Universo. Foto: El Universo

En la audiencia, además del accionante Andrés Páez, y la instancia accionada, la Asamblea Nacional, al ser el pleno de esta institución que aprobó la resolución con 99 votos, también intervendrán terceros interesados en el tema a discutirse mediante los denominados amicus curiae. Esta figura son aportes jurídicos, a favor y en contra de lo solicitado, que se entregan a la jueza para dar claridad al caso.

Según la sala y sin dar un número, hasta el momento se habrían presentado una gran cantidad de amicus curiae,entre los que estarían los planteados por integrantes del colectivo Quito Levántate, organizaciones sociales, abogados en libre ejercicio, entre otros. Incluso el sector indígena, a través de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), anunció que intervendría con amicus curiae que esperaban solicitar a distintas instancias internacionales.

Para Santiago Salazar, coordinador general de Asesoría Jurídica y Procurador Judicial de la Asamblea Nacional, las medidas cautelares y la acción de protección planteadas por Páez no son las figuras adecuadas para lo que pretende. En una entrevista radial en Latina News, el funcionario del Legislativo defiende la legalidad de lo actuado y aclara que la amnistía es una “facultad exorbitante y extraordinaria” que solo la Función Legislativa la tiene.

Salazar no solo rechaza que se diga que no existió un análisis individual de cada una de las amnistías otorgadas, pues según él sí se dio, sino también que se hable de que el Legislativo violentó la Constitución, la Ley Orgánica de la Función Judicial o que se haya amnistiado en casos de delitos comunes. Para él, el contexto de estas acciones no es jurídico, sino político.

La amnistía es una facultad exorbitante de la Asamblea, está prevista en la Constitución y la ley, es privativa, y a mi criterio no es revisable, porque es una suerte de facultad que está sobre todos los otros podres del Estado. (…) Si la jueza constitucional diera un fallo a favor de quienes piden la acción de protección, obviamente se mutilaría la Constitución, ahí sí se violaría la Ley Orgánica de la Función Legislativa. Sería prácticamente violentar una de las facultades exorbitantes de la Asamblea y creo que ahí sí estamos hablando de principios de democracia e institucionalidad”, señaló Salazar.

Andrés Páez defiende la acción de protección, no solo por ser un trámite expedito para que un juez inmediatamente ordene cesar los efectos de esa resolución, sino porque es una acción de carácter constitucional, porque, desde su perspectiva, “una resolución de la Asamblea no puede estar por sobre la Constitución”(I)

Fuente: El Universo Ec

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Rafaela Mera

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