COE Nacional dispone la retención de vehículos que incumplan la restricción de circulación
En COE Nacional dispuso que a partir del miércoles 8 de abril del 2020 se proceda a la retención del vehículo cuyo conductor incumpla el toque de queda desde las 14:00 hasta las 05:00, o la restricción de circulación según el último dígito de la placa y aquellos que hagan mal uso o uso fraudulento del salvoconducto.
La medida se informó en un comunicado en el que se explica que la decisión fue tomada «ante la inobservancia e incumplimiento de las restricciones de movilidad y disposiciones emitidas para precautelar la vida y la salud por el contagio del covid-19».
La disposición del COE Nacional está dirigida a los Ministerios de Salud y Gobierno para que se reforme el respectivo reglamento se incorporen las sanciones de retención del vehículo. Esto, dice el documento, «sin perjuicio de la sanción que se aplique al conductor del vehículo y que se encuentra establecida en el Reglamento respectivo».
La medida la deberán ejecutar los Gobiernos Autónomos Descentralizados a través de su cuerpo de agentes de control de tránsito y, de ser necesario, existirá la colaboración de la fuerza pública.
Fuente: El Comercio Ec.