Aborto por violación: aprobado el informe para el segundo debate
El texto señala que en ningún caso será necesario presentar denuncia, examen o declaración previa
La Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional de Ecuador aprobó para segundo debate el borrador del proyecto de ley sobre el aborto por violación y modificó la temporalidad inicial que estudiaba 28 semanas como máximo para el procedimiento para mayores de 18 años, mientras que en el caso de niñas y adolescentes, así como de mujeres con discapacidad no establecía plazo.
El segundo borrador del proyecto de «Ley Orgánica que Garantiza la Interrupción Voluntaria del Embarazo para Niñas, Adolescentes y Mujeres en Caso de Violación», se aprobó con siete votos a favor, una abstención y dos en contra, informó este lunes a Efe una fuente del Parlamento.
PLAZOS
En el informe aprobado anoche se establecieron plazos «a efectos de garantizar el derecho a tomar una decisión libre y voluntaria de interrumpir el embarazo, considerando las características especiales de cada grupo etario y que merecen atención prioritaria por parte del Estado».
Así, proponen que al tratarse de niñas y adolescentes menores de 18 años víctimas de violación, la interrupción voluntaria del embarazo se podrá realizar hasta las 22 semanas de gestación, mientras que de aquellas gestantes de 18 años en adelante víctimas de violación, la interrupción voluntaria del embarazo se podrá realizar hasta las 20 semanas de gestación.
Debido a la condición especial de personas con discapacidad mental víctimas de violación, se observará lo dispuesto en la Guía de Práctica Clínica denominada «Atención del Aborto Terapéutico«, expedido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador, señala el documento al que Efe tuvo acceso.
«Las semanas de gestación serán única y exclusivamente verificadas por el profesional de la salud luego de los exámenes correspondientes, y en caso de encontrarse dentro de las semanas autorizadas por esta ley, se procederá a la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo por la violación», subraya.
El informe aprobado por la Comisión especifica que «si después del proceso donde se proporcione información a la niña, adolescente, mujer y persona gestante víctima de violación, sobre la posibilidad de interrumpir el embarazo, esta última manifestare su decisión de hacerlo, el personal de salud pondrá a su disposición el formulario único para la interrupción voluntaria del embarazo».
Y en el caso de que la persona gestante desee interrumpir su embarazo sea menor de 14 años, no se requerirá ningún formulario.
El documento especifica que «bajo ningún concepto se requerirá la denuncia, examen o declaración previa alguna a la niña, adolescente, mujer o persona gestante que desee interrumpir su embarazo producto de violación».
«En aquellos casos donde exista una denuncia y esta haya sido interpuesta previamente y siempre que la víctima tenga este documento consigo, la o el médico tratante procederán a anexar este documento al formulario, con fines meramente informativos«, apunta.
Y agrega que «para garantizar el acceso a la justicia y la no impunidad, todos los casos serán puestos en conocimiento de la Fiscalía por el establecimiento de salud para su investigación y sanción, en el plazo máximo de 48 horas».
PERSONAL DE SALUD
En el artículo relativo a las prohibiciones del personal de salud, se señala que se prohíbe al personal del sistema nacional de salud obstaculizar el acceso de las niñas, adolescentes, mujeres y personas gestantes a la interrupción voluntaria del embarazo cuando es legal.
Asimismo, imponer requisitos adicionales a los establecidos en esta ley a las niñas, adolescentes, mujeres o personas gestantes que deseen interrumpir sus embarazos en casos de violación y alegar objeción de conciencia de forma colectiva e institucional.
Sin embargo, se plantea que los objetores de conciencia a título personal puedan pasar el caso a otros galenos.
De igual manera, se prohíbe suscribir pactos individuales o conjuntos para negarse a practicar la interrupción del embarazo.
El borrador del proyecto fue presentado por la Defensoría del Pueblo, en cumplimiento de una sentencia de la Corte Constitucional el pasado abril, y pasó ya un primer análisis en la Comisión de la Asamblea en 2021.
Una vez aprobado el informe para segundo debate se entregará a la Presidencia de la Asamblea para que defina la fecha para el segundo debate en el pleno y la votación definitiva.
Fuente: Expreso Ec