A un paso de que las empresas llamen a cobrar los sábados

A un paso de que las empresas llamen a cobrar los sábados

La normativa, que aprobó por unanimidad la Asamblea Nacional en diciembre del 2021, establecía que las llamadas de cobranza solo se podían realizar de lunes a viernes, entre las 07:00 y 20:00. Foto: Archivo.

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Las empresas que presten servicios de cobranza por medio de call center podrían llamar a los deudores incluso los sábados para que cumplan con sus pagos. Eso establece el veto del Ejecutivo a la Ley para Defender los Derechos de los Clientes del Sistema Financiero Nacional y Evitar Cobros Indebidos y Servicios No Solicitados.

La normativa, que aprobó por unanimidad la Asamblea Nacional en diciembre del 2021, establecía que las llamadas de cobranza solo se podían realizar de lunes a viernes, entre las 07:00 y 20:00.

Sin embargo, el veto del presidente Guillermo Lasso amplió el plazo y ahora podrían hacerse de 07:00 a 22:00 y los sábados.

Para el asambleísta Pabel Muñoz, miembro de la Comisión de Régimen Económico, el veto resulta “insólito” y considera que esta escrito “desde la defensa de los intereses de la banca” y no de los usuarios.

En el caso de las llamadas para venta de servicios el Ejecutivo ratificó que solo podrán hacerse de lunes a viernes, desde las 08:00 hasta las 20:00. No los fines de semana ni feriados

Otras observaciones

El presidente realizó 32 observaciones a la ley. Entre ellas, está la devolución de los costos debitados por algún servicio o producto que no tenga la autorización expresa del cliente.

En ese caso, el Ejecutivo señala que la verificación de todas las autorizaciones para el cobro de servicios financieros “generaría costos desproporcionados a las entidades financieras”, si se toma en cuenta el porcentaje de reclamos en relación con las autorizaciones otorgadas.

Por lo tanto, propone que en la restitución de oficio por el cobro de servicios no autorizados los responsables serán las empresas oferentes de servicios no financieros. Sin embargo, las entidades del sistema financiero deberán verificar la existencia de autorización expresa en todos los cargos o cobros realizados por concepto de servicios financieros.

La Asamblea aprobó que en caso de no contar con la autorización se devolvería los montos debitados en un plazo de 30 días, con intereses. El veto eliminó la parte relativa a los intereses.

La Comisión de Régimen Económico se reunió el viernes y decidió que acogerán 12 de las 32 observaciones realizadas por el Ejecutivo. Una de ellas tiene que ver con la acumulación de minutos en los planes de telefonía celular e internet.

El Ejecutivo argumenta que esto no sería posible pues está considerado en la estructura de costos de las empresas y eso podría afectar cláusulas de los contratos de concesión. El asambleísta Muñoz explicó que la comisión acogerá esa observación para no generar ningún tipo de riesgo para el Estado.

Aprobación en el Pleno

Una vez que la Comisión de Régimen Económico analizó el veto, enviará su informe para que sea debatido y aprobado o rechazado en el Pleno.

Según Muñoz, el organismo legislativo se ratificará en todos los demás artículos de la ley y realizarán las gestiones necesarias para que la Asamblea se ratifique en el proyecto inicial.

Mireya Pazmiño, presidenta de la Comisión, explica que lo más probable es que el Pleno apruebe el nuevo informe y la Ley pase como estaba escrita inicialmente.

Consultado por este Diario, sobre los términos del veto, el legislador Diego Ordóñez, de Creo, dijo que se encontraba fuera del país, por lo que no había revisado el documento. El Ejecutivo tampoco se ha pronunciado respecto al tema.

Mientras que la Asociación de Bancos del Ecuador (Asobanca) explicó que se encuentra analizando el veto y se pronunciará en los próximos días.

Se prevé que el tema se trate en el Pleno las próximas dos o tres semanas.

Fuente: El Comercio ec.

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William Ludeña

William Ludeña

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